Decreto Supremo N⁰ 010-2022-MIDAGRI – Aprueba el Reglamento Sanitario para la Producción y Comercialización de material genético de animales de producción.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto aprueba el Reglamento Sanitario para la producción y comercialización de Material Genético de Animales de producción, que consta de nueve títulos, diez capítulos, cuarenta y un artículos y dos Disposiciones Complementarias Finales. El presente Reglamento tiene por objeto establecer disposiciones para la aplicación de medidas sanitarias en la producción y comercialización de material genético de animales de producción, contribuyendo a la vigilancia epidemiológica, prevención, control y erradicación de enfermedades que afecten a los animales, con la finalidad de evitar la propagación y diseminación de enfermedades que afecten el estatus sanitario del país.
Se establecen las clasificaciones, obligaciones y sanciones por infracciones de establecimientos y unidades móviles, los profesionales responsables y los requisitos para la autorización sanitaria de establecimientos y unidades móviles de producción y centros de comercialización de material genético de animales de producción. Se establecen las condiciones sanitarias relacionados a los animales donantes de semen, ovocitos y embriones, del retiro o baja de los animales, y el bienestar animal. También se establecen los requisitos de identificación de animales donantes y material genético.
Se establece que el SENASA elabora el plan de educación sanitaria con la finalidad de sensibilizar y fortalecer las capacidades en temas sanitarios de la producción, conservación y comercialización de material genético a los conductores, profesionales responsables y público vinculado con esta actividad. También se establecen los requisitos sanitarios para la importación de material genético.
Se establecen las clasificaciones, obligaciones y sanciones por infracciones de establecimientos y unidades móviles, los profesionales responsables y los requisitos para la autorización sanitaria de establecimientos y unidades móviles de producción y centros de comercialización de material genético de animales de producción. Se establecen las condiciones sanitarias relacionados a los animales donantes de semen, ovocitos y embriones, del retiro o baja de los animales, y el bienestar animal. También se establecen los requisitos de identificación de animales donantes y material genético.
Se establece que el SENASA elabora el plan de educación sanitaria con la finalidad de sensibilizar y fortalecer las capacidades en temas sanitarios de la producción, conservación y comercialización de material genético a los conductores, profesionales responsables y público vinculado con esta actividad. También se establecen los requisitos sanitarios para la importación de material genético.
Attached files
Web site
Date of text
Entry into force notes
El presente Reglamento entra en vigencia dentro de los ciento ochenta (180) días calendario posteriores a la fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No