Decreto Supremo Nº 001-2021-MINAM ─ Reglamento Interno del PROFONANPE.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba el Reglamento Interno del PROFONANPE, que tiene por objeto desarrollar las disposiciones relativas a los fondos que administra PROFONANPE, su organización y actividades en el marco de lo dispuesto por la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 022-2020, Decreto de Urgencia para el Fortalecimiento de la Identificación y Gestión de Pasivos Ambientales. — PROFONANPE está a cargo de la administración de los siguientes recursos: a) El Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado (FONANPE) creado por el Decreto Ley N° 26154; b) El Fondo Nacional del Ambiente (FONAM) creado por la Ley N° 26793; c) Los recursos que le sean transferidos por las entidades públicas para los fines establecidos por normas específicas; d) Las rentas no aplicadas; e) Su activo físico; f) Las demás que incrementen su patrimonio.
Los fines y actividades del PROFONANPE, son: 1) Contribuir a la conservación, protección y manejo de las áreas naturales protegidas (ANP); 2) Contribuir a financiar actividades de fortalecimiento de la capacidad técnica y operativa del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) para el óptimo cumplimiento de sus fines en lo que respecta al manejo, protección y gestión de las ANP; 3) Promover la protección del ambiente, el fortalecimiento de la gestión ambiental, el uso sostenible de los recursos naturales y el patrimonio ambiental; 4) Promover la atención de los pasivos ambientales a fin de prevenir y/o mitigar la afectación de los ecosistemas, así como proteger la salud de las personas y el ambiente.
Los fines y actividades del PROFONANPE, son: 1) Contribuir a la conservación, protección y manejo de las áreas naturales protegidas (ANP); 2) Contribuir a financiar actividades de fortalecimiento de la capacidad técnica y operativa del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) para el óptimo cumplimiento de sus fines en lo que respecta al manejo, protección y gestión de las ANP; 3) Promover la protección del ambiente, el fortalecimiento de la gestión ambiental, el uso sostenible de los recursos naturales y el patrimonio ambiental; 4) Promover la atención de los pasivos ambientales a fin de prevenir y/o mitigar la afectación de los ecosistemas, así como proteger la salud de las personas y el ambiente.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 24 de febrero de 2021.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No