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Decreto Supremo Nº 002-96-PE ─ Reglamento para la protección y conservación de los cetáceos menores.

Country
Type of law
Regulation
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Keywords

Abstract
El Reglamento consta de 8 títulos, 27 artículos y 1 disposición complementaria. INDICE: Objetivos (I); Normas generales (II); Investigación y capacitación (III); Extracción (IV); Mantenimiento en cautiverio (V); Control (VI); Infracciones (VII); Sanciones (VIII).
La Ley Nº 26585, de 29 de marzo de 1996, declaró como especies legalmente protegidas, prohibiéndose su extracción, procesamiento y comercialización, las especies conocidas como delfín oscuro o chancho marino (Lagenorhynchus obscurus), tonino o marsopa espinosa (Phocoena spinipinnis), bufeo (Tursiops truncatus) y delfín común (Delphinus delphis y Delphinus capensis) y a los mamíferos de aguas continentales delfín rosado o bufeo colorado (Inia goffrensis) y bufeo negro (Sotalia fluviatilis). El presente Reglamento norma y orienta las actividades relativas los cetáceos menores a fin de lograr su adecuada protección y conservación (art. 1º). Tal objetivo se logrará principalmente a través de acciones tendientes a la eliminación de la demanda para el consumo de carne de cetáceos menores y a la minimización de su captura (art. 2º). A tal fin se prohíbe el consumo de carne de cetáceos menores en estado fresco o en cualquiera de sus estados de conservación (art. 3º). Los ejemplares vivos encontrados atrapados en las redes destinadas a la pesca artesanal o industrial deberán ser puestos en libertad (art. 4º). El mantenimiento en cautiverio de ejemplares, con fines de investigación, recreación y difusión cultural, requiere autorización del Ministerio de Pesquería, que determinará las condiciones ambientales y de cuidado para la adecuada manutención y bienestar de los animales (art. 18). Se conforma un Comité de Apoyo para la Conservación de los Cetáceos Menores que será coordinado por el Ministerio de Pesquería (disposición complementaria).
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano Nº 5827, 15 de junio de 1996, págs. 140323 y 140324.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No