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Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE ─ Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Ley de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE).

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la Ley de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), desarrollando disposiciones que permitan mejorar la productividad y competitividad en sus respectivas cadenas productivas y de valor. Los CITE tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas, y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversificación productiva.
De acuerdo a las cadenas productivas que atienden, los tipos de CITE públicos pueden ser, entre otros: Agroindustrial, Minero ambiental, Forestal, Acuícola, Pesquero, Industrias creativas, Tecnología de la información, Textiles, Productivo, Madera, Cuero Calzado e industrias conexas, Artesanales y Turísticos. En lo que corresponda, los CITE podrán brindar servicios de control de calidad y certificación aplicando las Normas Técnicas Peruanas aprobadas por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL) o las Normas Técnicas Internacionales correspondientes.
Date of text
Notes
Deroga el Decreto Supremo Nº 012/05/MINCETUR.
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 25 de marzo de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No