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Decreto Supremo Nº 010-2018-PRODUCE ─ Límites Máximos Permisibles para Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba los Límites Máximos Permisibles para efluentes de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto. El presente Decreto Supremo es aplicable a los titulares de las licencias de operación vigentes de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto, que dispongan sus efluentes en cuerpos de agua marinos o continentales (lóticos o lénticos), con excepción de aquellos que vierten sus efluentes en la red de alcantarillado o destinen sus efluentes para el reúso de conformidad con la normativa vigente.
La disposición de los efluentes de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto en cuerpos de agua marinos o continentales (lóticos o lénticos) se debe realizar mediante emisarios submarinos o emisarios subacuáticos, respectivamente, y deben garantizar el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Agua fuera de la zona de mezcla, que es determinada según la metodología y aspectos técnicos establecidos por la Autoridad Nacional del Agua, y fuera de las áreas restringidas para el establecimiento de zonas de mezcla, por sus características y fragilidad ambiental, tales como ecosistemas frágiles, áreas naturales protegidas, áreas acuáticas destinadas a la acuicultura, áreas recreativas o de contacto primario, entre otras, a fin de proteger los ecosistemas acuáticos y la salud de la población.
Se prohíbe la dilución de los efluentes de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto que tenga por finalidad la reducción de los contaminantes presentes en estos, durante todo el proceso de tratamiento y antes del punto de control del efluente previo a su descarga.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 30 de septiembre de 2018.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No