Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.
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Type of law
Regulation
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Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, que tiene por objeto regular la actividad administrativa de fiscalización, así como el procedimiento administrativo sancionador en materia pesquera y acuícola. Se encuentran comprendidas en los alcances del presente Reglamento las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras que desarrollen actividades pesqueras y/o acuícolas, dentro del ámbito establecido en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Decreto Legislativo N° 1195 que aprueba la Ley General de Acuicultura y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE, así como las demás normas que regulan la actividad pesquera y acuícola. La actividad de fiscalización se desarrolla en forma inopinada y reservada, en campo o documental, programándose y ejecutándose en todas las actividades que directa o indirectamente tienen por objeto la utilización de los recursos hidrobiológicos del mar y de las aguas continentales, pudiendo realizarse de manera enunciativa mas no limitativa, sobre: 1) la actividad extractiva; 2) la actividad de procesamiento; 3) la comercialización, incluyendo el transporte, almacenamiento y el uso de los recursos hidrobiológicos para la preparación y expendio de alimentos; 4) la actividad acuícola.
La autoridad administrativa fiscalizadora es el órgano competente del Ministerio de la Producción encargado de velar por el cumplimiento de la normatividad aplicable a las actividades pesqueras y acuícolas, de las condiciones establecidas en el respectivo título otorgado por la autoridad competente para el acceso a dichas actividades económicas, así como de ejecutar las demás actividades de fiscalización establecidas en la normativa correspondiente. Las autoridades administrativas fiscalizadoras de los Gobiernos Regionales realizan las funciones señaladas en el párrafo precedente en el marco de sus competencias.
La autoridad administrativa fiscalizadora es el órgano competente del Ministerio de la Producción encargado de velar por el cumplimiento de la normatividad aplicable a las actividades pesqueras y acuícolas, de las condiciones establecidas en el respectivo título otorgado por la autoridad competente para el acceso a dichas actividades económicas, así como de ejecutar las demás actividades de fiscalización establecidas en la normativa correspondiente. Las autoridades administrativas fiscalizadoras de los Gobiernos Regionales realizan las funciones señaladas en el párrafo precedente en el marco de sus competencias.
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No
Serial Imprint
El Peruano, 10 de noviembre de 2017.
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Spanish
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No
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