Decreto Supremo Nº 030-2020-SA — Reglamento de la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto Supremo tiene por objeto regular la aplicación de la Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud (MINSA), con la finalidad de desarrollar y contribuir a garantizar el ejercicio de las funciones otorgadas al MINSA como único ente rector del Sector Salud y Autoridad Nacional de Salud. Sobre la Rectoría en Salud se establece que es función ineludible e indelegable del Estado, la cual se ejerce exclusivamente a través del MINSA, hacerse responsable de la promoción, protección y respeto de la salud, la vida y el bienestar de la población, así como de conducir el Sector Salud.
La Rectoría en Salud implica proteger la salud como derecho humano y bien público. Las funciones de la rectoría en materia de salud dentro del sector la ejercen el Ministerio de Salud (MINSA) por cuenta propia o, por delegación expresa, a través de sus organismos públicos adscritos. El MINSA, como ente rector y Autoridad Nacional de Salud, ejerce los siguientes mecanismos para el desarrollo de sus funciones rectoras: 1) Conducción sectorial; 2) Regulación y fiscalización; 3) Armonización de la provisión de los servicios de salud; 4) Garantía del aseguramiento en salud; 5) Modulación del financiamiento; 6) Medición de la ejecución de las Funciones Esenciales de Salud Pública.
Las políticas nacionales sectoriales y multisectoriales de salud definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. Los gobiernos regionales y locales formulan políticas regionales y locales, en sus respectivos ámbitos territoriales, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y multisectoriales en salud.
La Rectoría en Salud implica proteger la salud como derecho humano y bien público. Las funciones de la rectoría en materia de salud dentro del sector la ejercen el Ministerio de Salud (MINSA) por cuenta propia o, por delegación expresa, a través de sus organismos públicos adscritos. El MINSA, como ente rector y Autoridad Nacional de Salud, ejerce los siguientes mecanismos para el desarrollo de sus funciones rectoras: 1) Conducción sectorial; 2) Regulación y fiscalización; 3) Armonización de la provisión de los servicios de salud; 4) Garantía del aseguramiento en salud; 5) Modulación del financiamiento; 6) Medición de la ejecución de las Funciones Esenciales de Salud Pública.
Las políticas nacionales sectoriales y multisectoriales de salud definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. Los gobiernos regionales y locales formulan políticas regionales y locales, en sus respectivos ámbitos territoriales, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y multisectoriales en salud.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 15 de octubre de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No