Ley Nº 26631 - Normas para efecto de formalizar denuncia por infracción de la legislación ambiental.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley, que consta de 3 artículos, establece las normas para la formalización de la denuncia por los delitos ambientales tipificados en el título XIII del libro segundo del Código Penal. Dispone que se requerirá de las entidades sectoriales competentes opinión fundamentada por escrito si se ha infringido la legislación ambiental; el informe será evacuado dentro de un plazo no mayor de 30 días (art. 1º). En los casos en que el inversionista sueño o titular de una actividad productiva contare con programas específicos de adecuación y manejo ambiental (PAMA), y estuviere poniendo en marcha dichos programas o ejecutándolos, o cuente con estudio de impacto ambiental, sólo se podrá dar inicio a la acción penal si se hubiere infringido la legislación ambiental por no ejecución de las pautas contenidas en dichos programas o estudios (art. 2º).
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Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
El Peruano Nº 5833, 21 de junio de 1996, pág. 140489.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
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