Ley Nº 27104 - Prevención de riesgos derivados del uso de la biotecnología.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La Ley, que consta de 5 títulos, 25 artículos, 4 disposiciones transitorias, 1 complementaria y 3 finales, tiene por objeto normar la seguridad de la biotecnología de acuerdo a la Constitución política y lo estipulado en los artículos 8º y 19 del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Además, tiene como finalidades, las siguientes: a) proteger la salud humana, el ambiente y la diversidad biológica; b) promover la seguridad en la investigación y desarrollo de la biotecnología en sus aplicaciones para la producción y prestación de servicios; c) regular, administrar y controlar los riesgos derivados del uso confinado y la liberación de los organismos vivos modificados (OVM); y d) regular el intercambio y la comercialización, dentro del país y con el resto del mundo, de OVM, facilitando la transferencia tecnológica internacional en concordancia con los acuerdos internacionales suscritos y que suscriba el país. El Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), es la instancia de coordinación intersectorial en materia de conservación y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica. La Comisión Nacional sobre Diversidad Biológica (CONADIB), es la instancia consultiva de asesoramiento y concertación en asuntos referidos a la seguridad en la biotecnología y apoya al CONAM en la propuesta de directrices respecto de los OVM.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano Nº 6896, 12 de mayo de 1999, págs. 173055-173058.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No