Ley Nº 30321 - Ley de creación del Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, para el financiamiento de las acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos que impliquen riesgos a la salud y al ambiente que ameriten una atención prioritaria y excepcional del Estado, entendiéndose como sitio impactado, los pozos e instalaciones mal abandonadas, suelos contaminados, efluentes, derrames, fugas, residuos sólidos, emisiones, restos o depósitos de residuos.
La responsabilidad de la remediación ambiental corresponde al operador responsable, en base al principio de internalización de costos, la que se exige a través de los mecanismos correspondientes; por consiguiente, los titulares de las actividades de hidrocarburos deben garantizar que al cese o abandono de actividades o instalaciones no subsistan impactos ambientales negativos de carácter significativo, debiendo considerar tal aspecto al diseñar y aplicar los instrumentos de gestión ambiental que les correspondan.
La responsabilidad de la remediación ambiental corresponde al operador responsable, en base al principio de internalización de costos, la que se exige a través de los mecanismos correspondientes; por consiguiente, los titulares de las actividades de hidrocarburos deben garantizar que al cese o abandono de actividades o instalaciones no subsistan impactos ambientales negativos de carácter significativo, debiendo considerar tal aspecto al diseñar y aplicar los instrumentos de gestión ambiental que les correspondan.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 7 de mayo de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No