Ley Nº 31110 - Ley del Régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley del Régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, tiene por objeto promover y fortalecer el desarrollo del sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, así como garantizar los derechos laborales de las trabajadoras y los trabajadores reconocidos por la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales laborales y de protección de los derechos humanos, y contribuir a la competitividad y desarrollo de las actividades de estos sectores. Están incluidas en los alcances de esta Ley: 1) Las personas naturales o jurídicas que desarrollen cultivos y/o crianzas; 2) Las personas naturales o jurídicas que realicen actividad agroindustrial, siempre que utilicen principalmente productos agropecuarios, fuera de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. No incluidas en la presente ley las actividades agroindustriales relacionadas con trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cerveza; 3) Los productores agrarios excluyendo aquellos organizados en asociaciones de productores, siempre y cuando cada asociado de manera individual no supere 5 hectáreas de producción. No están comprendidos en la presente Ley, el personal de las áreas administrativas y de soporte técnico de las empresas.
La presente Ley establece condiciones de trabajo especiales para las trabajadoras mujeres y los menores de edad, prohibiendo el trabajo infantil y contratar a menores de edad. El empleador debe proveer de lactarios a las trabajadoras en su centro de labores conforme a ley, y debe implementar programas de capacitación en temas de derechos humanos con enfoque de género a supervisores, capataces, ingenieros o personal que interactúa de manera directa con las mujeres trabajadoras.
Entre los beneficios tributarios se estable que para efecto del Impuesto a la Renta, las personas naturales o jurídicas que estén comprendidas en los alcances del presente dispositivo podrán depreciar, a razón de 20% anual, el monto de las inversiones en obras de infraestructura hidráulica y obras de riego. Se dispone un crédito tributario del 10% de la reinversión de hasta el 70% del monto de las utilidades anuales, luego del pago del impuesto a la renta, durante el periodo del 2021 al 2030, si la reinversión prioriza el fortalecimiento de la agricultura mediante la implementación de sistema de riego tecnificado.
La presente Ley establece condiciones de trabajo especiales para las trabajadoras mujeres y los menores de edad, prohibiendo el trabajo infantil y contratar a menores de edad. El empleador debe proveer de lactarios a las trabajadoras en su centro de labores conforme a ley, y debe implementar programas de capacitación en temas de derechos humanos con enfoque de género a supervisores, capataces, ingenieros o personal que interactúa de manera directa con las mujeres trabajadoras.
Entre los beneficios tributarios se estable que para efecto del Impuesto a la Renta, las personas naturales o jurídicas que estén comprendidas en los alcances del presente dispositivo podrán depreciar, a razón de 20% anual, el monto de las inversiones en obras de infraestructura hidráulica y obras de riego. Se dispone un crédito tributario del 10% de la reinversión de hasta el 70% del monto de las utilidades anuales, luego del pago del impuesto a la renta, durante el periodo del 2021 al 2030, si la reinversión prioriza el fortalecimiento de la agricultura mediante la implementación de sistema de riego tecnificado.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 31 de diciembre de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No