Ley Nº 31126 - Modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares. La presente Ley declara de interés nacional y preferente atención la asignación de recursos públicos para optimizar la labor y atención alimentaria que brindan los comedores populares, así como las ollas comunes y otras iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal que se generen en el marco de la presente ley, reconociendo su aporte como principales organizaciones de base y de emprendimiento ante la crisis social y económica generada por el COVID-19 en el país.
La presente Ley incorpora numerales al Artículo 84 de la Ley Orgánica de Municipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, estableciendo que los municipios ejercen las siguientes funciones: 1) Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales: Registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población, cuando la municipalidad distrital no pueda asumir dicha función; 2) Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: Registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población.
La presente Ley incorpora literales al numeral 9.1 del Artículo 9º de la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en materia de desarrollo de sus sus competencias exclusivas, estableciendo que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social brindará asistencia técnica a los gobiernos locales en el registro, organización, administración y ejecución de iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población.
La presente Ley incorpora numerales al Artículo 84 de la Ley Orgánica de Municipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, estableciendo que los municipios ejercen las siguientes funciones: 1) Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales: Registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población, cuando la municipalidad distrital no pueda asumir dicha función; 2) Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: Registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población.
La presente Ley incorpora literales al numeral 9.1 del Artículo 9º de la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en materia de desarrollo de sus sus competencias exclusivas, estableciendo que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social brindará asistencia técnica a los gobiernos locales en el registro, organización, administración y ejecución de iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 19 de febrero de 2021.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No