Resolución Nº 032/98/PE - Reinicio actividades de extracción y procesamiento del recurso sardina en todo el litoral.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución, teniendo en cuenta el informe del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), dispone reiniciar las actividades de extracción y procesamiento del recurso sardina (Sardinops sagax) con destino al consumo humano directo e indirecto en todo el litoral a partir del 28 de enero hasta el 16 de marzo de 1998, fijando en 100 000 toneladas métricas la cuota de captura permisible. Asimismo, dispone que se deben utilizar en las faenas de pesca redes de cerco con tamaño mínimo de malla de 1 pulgada y media (38 mm). Queda prohibida la extracción, procesamiento y comercialización de ejemplares juveniles de sardina con tallas inferiores a 26 cm de longitud total, permitiéndose una tolerancia máxima de 10 por ciento en el número de ejemplares juveniles como captura incidental.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano Nº 6425, 27 de enero de 1998, págs. 156799 y 156800.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No