Resolución Nº 054/98/PE - Medidas para el ordenamiento de actividades extractivas del recurso Concha de abanico en la Bahía de Sechura e Isla Lobos de Tierra.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución, que consta de 6 artículos, dispone que las actividades extractivas del recurso Concha de abanico (Argopecten purpuratus) se efectuarán bajo las siguientes condiciones: a) los armadores de embarcaciones pesqueras artesanales marisqueras están obligados a contar con su respectivo permiso de pesca; b) la extracción de ejemplares no podrá ser de tallas menores de 65 milímetros; c) el porcentaje máximo de captura incidental de ejemplares menores a la talla establecida será del 20 por ciento; d) sólo se podrá extraer semilla del recurso con fines de maricultura, mediante el sistema de captación de larvas planctónicas; e) el desvalvado deberá realizarse en ambientes instalados en tierra, debidamente registrados y acondicionados para tal fin; f) sólo se permitirá el desembarque en los lugares que para tal fin establezca la Dirección Regional de Pesquería de Piura.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano Nº 6437, 8 de febrero de 1998, págs. 157154 y 157155.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No