Resolución Nº 090-2016-ANA ─ Términos de Referencia Comunes del contenido hídrico que deberán cumplirse en la elaboración de los estudios ambientales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba los Términos de Referencia Comunes del contenido hídrico que deberán cumplirse en la elaboración de los estudios ambientales, a fin que sean acordes con la normativa en materia de certificación ambiental. Los Términos de Referencia tienen por finalidad lograr la efectiva identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos a los recursos hídricos derivados de las acciones humanas expresadas por medio de proyectos de inversión. Los Términos de Referencia incorporarán de acuerdo a las característica y ámbito propios de cada actividad y/o proyecto una síntesis de: 1) las fuentes naturales de agua para la captación y disposición final de aguas residuales tratadas; 2) los principales impacto del proyecto sobre los recursos hídricos dentro de su ámbito de influencia; y 3) la estrategia de manejo ambiental con las acciones de mitigación, remediación y/o compensación, monitoreo y seguimiento.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 9 de abril de 2016.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Implements
Repeals