Resolución Nº 136-2020-SERNANP ─ Protocolo para el proceso de la consulta previa en el proceso de establecimiento de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y Protocolo para articular el proceso de la consulta previa con la modificación de la zonificación de las áreas naturales protegidas en el marco del proceso de actualización del Plan Maestro.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el Protocolo para el proceso de la consulta previa en el proceso de establecimiento de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y el Protocolo para articular el proceso de la consulta previa con la modificación de la zonificación de las áreas naturales protegidas en el marco del proceso de actualización del Plan Maestro.
El Protocolo para el proceso de la consulta previa en el proceso de establecimiento de Áreas Naturales Protegidas por el Estado tiene por objeto precisar los criterios y procedimientos a seguir para el establecimiento de Áreas Naturales Protegidas (ANP) de administración nacional y regional, con respecto al proceso de consulta previa. La Consulta previa es un diálogo intercultural entre el Estado y los pueblos indígenas y originarios, cuya finalidad es llegar a acuerdos sobre medidas administrativas o legislativas, programas, planes y proyectos que podrían afectar los derechos colectivos de los pueblos. Los acuerdos a los que se lleguen en el proceso son de cumplimiento obligatorio para ambas partes.
El Protocolo para articular el proceso de la consulta previa con la modificación de la zonificación de las áreas naturales protegidas en el marco del proceso de actualización del Plan Maestro, tiene por objetivo precisar las acciones del proceso a seguir para articular el proceso de la consulta previa con la modificación de la zonificación del ANP durante los procesos de actualización de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y regional. El Protocolo es de aplicación obligatoria en los casos en que la modificación de la zonificación de las ANP, durante los procesos de elaboración o actualización de plan maestro, sea de administración nacional o regional, afecten los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios.
El Protocolo para el proceso de la consulta previa en el proceso de establecimiento de Áreas Naturales Protegidas por el Estado tiene por objeto precisar los criterios y procedimientos a seguir para el establecimiento de Áreas Naturales Protegidas (ANP) de administración nacional y regional, con respecto al proceso de consulta previa. La Consulta previa es un diálogo intercultural entre el Estado y los pueblos indígenas y originarios, cuya finalidad es llegar a acuerdos sobre medidas administrativas o legislativas, programas, planes y proyectos que podrían afectar los derechos colectivos de los pueblos. Los acuerdos a los que se lleguen en el proceso son de cumplimiento obligatorio para ambas partes.
El Protocolo para articular el proceso de la consulta previa con la modificación de la zonificación de las áreas naturales protegidas en el marco del proceso de actualización del Plan Maestro, tiene por objetivo precisar las acciones del proceso a seguir para articular el proceso de la consulta previa con la modificación de la zonificación del ANP durante los procesos de actualización de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y regional. El Protocolo es de aplicación obligatoria en los casos en que la modificación de la zonificación de las ANP, durante los procesos de elaboración o actualización de plan maestro, sea de administración nacional o regional, afecten los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No