Resolución Nº 139-2020-PRODUCE — Protocolo Sanitario de Operación ante el COVID-19 del Sector Producción para el inicio gradual e incremental de actividades en materia de Pesca Industrial (Consumo Humano Indirecto).
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el Protocolo Sanitario de Operación ante el COVID-19 del Sector Producción para el inicio gradual e incremental en la Fase 1 de la Reanudación de actividades industriales, en materia de Pesca Industrial (Consumo Humano Indirecto) efectuadas por la flota de acero y de madera, denominados: “Protocolo de Pesca Industrial” y “Protocolo Embarcaciones Industriales de Madera”. El presente Protocolo Sanitario es de aplicación complementaria a los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución N° 239-2020-MINSA. El presente Protocolo tiene como finalidad contribuir con la prevención del contagio por COVID 19 en al ámbito laboral, a partir de la emisión de lineamientos generales para la vigilancia de la salud de los trabajadores, y se aplica a las embarcaciones de la flota anchovetera industrial con permiso de pesca vigente, plantas de procesamiento de harina y aceite de pescado con licencia de operación vigente.
El presente Protocolo tiene como objetivo general establecer lineamientos y directivas con enfoque preventivo a fin de proteger la salud de todas las personas vinculadas en la cadena productiva del sector frente al riesgo de contagio del COVID-19, proporcionando de esta forma, los medios para la continuidad de las operaciones. A partir de este protocolo las empresas ligadas a la flota anchovetera industrial y plantas de procesamiento de harina y aceite de pescado deberán definir mecanismos específicos de acción, así como las precauciones necesarias, antes de su reapertura y continuar aplicándolo posteriormente en todas sus operaciones. Son sus objetivos específicos: i) Fortalecer los sistemas de vigilancia, contención y respuesta frente a la propagación del COVID- 19 que las autoridades recomienden o establezcan; ii) Fortalecer la cadena productiva mediante la articulación con los proveedores y demás partes interesadas en una estrategia integral para afrontar la pandemia del COVID-19.
El presente Protocolo tiene como objetivo general establecer lineamientos y directivas con enfoque preventivo a fin de proteger la salud de todas las personas vinculadas en la cadena productiva del sector frente al riesgo de contagio del COVID-19, proporcionando de esta forma, los medios para la continuidad de las operaciones. A partir de este protocolo las empresas ligadas a la flota anchovetera industrial y plantas de procesamiento de harina y aceite de pescado deberán definir mecanismos específicos de acción, así como las precauciones necesarias, antes de su reapertura y continuar aplicándolo posteriormente en todas sus operaciones. Son sus objetivos específicos: i) Fortalecer los sistemas de vigilancia, contención y respuesta frente a la propagación del COVID- 19 que las autoridades recomienden o establezcan; ii) Fortalecer la cadena productiva mediante la articulación con los proveedores y demás partes interesadas en una estrategia integral para afrontar la pandemia del COVID-19.
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Web site
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
El Peruano, 6 de mayo de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No