Resolución Nº 167-2016-MIDIS ─ Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria (PCA).
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria (PCA), que tiene por objeto establecer los procedimientos básicos para el cumplimiento de las funciones de los Centros de Atención en sus distintas modalidades del y de los gobiernos locales que lo ejecutan. Los objetivos específicos del presente Reglamento son los siguientes: 1) Establecer las modalidades de atención y las fases operativas del PCA; 2) Los requisitos y procedimientos para que una organización y/o institución sea considerada Centro de Atención del PCA; 3) El procedimiento para la distribución de alimentos por parte de los gobiernos locales; 4) El procedimiento para la supervisión y determinación de sanciones de los Centros de Atención.
El PCA es el programa que brinda apoyo alimentario a sus usuarios a través de los Centros de Atención agrupados en sus diversas modalidades. El Centro de Atención es la entidad, organización y/o colectivo de personas a través de la cual se entrega el apoyo alimentario a los usuarios del programa, sea preparado o en crudo, según la modalidad de atención a la que pertenezca. Los gobiernos locales podrán atender a los Centros de Atención de acuerdo a sus modalidades, mediante: a) la asistencia alimentaria; b) el subsidio económico; c) Equipamiento.
La distribución de alimentos es el procedimiento mediante el cual los gobiernos locales entregan los alimentos mensualmente a los Centros de Atención del PCA, en sus diversas modalidades. La distribución se lleva a cabo una vez realizada la compra de alimentos, para lo cual el gobierno local debe adoptar las medidas necesarias para que esta sea oportuna y no perjudique la entrega de alimentos.
El PCA es el programa que brinda apoyo alimentario a sus usuarios a través de los Centros de Atención agrupados en sus diversas modalidades. El Centro de Atención es la entidad, organización y/o colectivo de personas a través de la cual se entrega el apoyo alimentario a los usuarios del programa, sea preparado o en crudo, según la modalidad de atención a la que pertenezca. Los gobiernos locales podrán atender a los Centros de Atención de acuerdo a sus modalidades, mediante: a) la asistencia alimentaria; b) el subsidio económico; c) Equipamiento.
La distribución de alimentos es el procedimiento mediante el cual los gobiernos locales entregan los alimentos mensualmente a los Centros de Atención del PCA, en sus diversas modalidades. La distribución se lleva a cabo una vez realizada la compra de alimentos, para lo cual el gobierno local debe adoptar las medidas necesarias para que esta sea oportuna y no perjudique la entrega de alimentos.
Attached files
Web site
Date of text
Notes
Deroga la Resolución Nº 609/03/PRONAA.
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 28 de julio de 2016.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No