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Resolución Nº 201-2016-MINAM ─ Protocolo Nacional de Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones (CEMS).

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución, considerando que la Agenda Nacional de Acción Ambiental – AgendAmbiente Perú 2015 - 2016, dentro de los productos y actividades tiene como uno de los productos del Objeto 8 (Reducir los niveles de contaminación del aire), la actualización del marco normativo de la calidad del aire detallando como actividad la aprobación del protocolo de monitoreo continuo de emisiones, aprueba el Protocolo Nacional de Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones (CEMS). El propósito del protocolo, es poner a disposición de la autoridad ambiental competente, el ente fiscalizador, consultoras, empresas industriales y la población, un instrumento de gestión ambiental que permitirá realizar la vigilancia y el control de las emisiones de las fuentes estacionarias, mediante sistemas estandarizados de monitoreo continuo de emisiones.
El CEMS de fuentes estacionarias, se aplicará para la medición continua a tiempo real de las emisiones, estandarizando los sistemas de monitoreo, respecto a la selección y operación de equipos, las metodología de medición, así como los criterios básicos para el diseño e implementación del sistema, el aseguramiento de la calidad de los datos y la validación, que permitan obtener datos confiables, dentro de los limites de aceptación establecidos; así como el reporte final de los resultados de las mediciones, con el fin de vigilar en forma continua, las emisiones a la atmósfera de los diversos actividades industriales y energéticos, para evitar su impacto en el ambiente.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 28 de julio de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No