Resolución Nº 309-2020-PRODUCE ─ Establece período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico choro en el litoral peruano.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución establece el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico choro (Aulacomya atra) en el litoral peruano, comprendido entre los meses de setiembre y noviembre, para cada año. Dicho período, cuya fecha de inicio y fin estará condicionada a la recomendación efectuada por el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), se establecerá sobre la base de la evolución de los valores críticos del índice reproductivo del referido recurso.
Para el año 2020, el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico choro en el litoral peruano, se establece por un período de cincuenta y seis días calendario a partir del 20 de septiembre de 2020, quedando prohibida toda actividad extractiva que involucre a esta especie, así como, su transporte, comercialización y/o almacenamiento.
Para el año 2020, el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico choro en el litoral peruano, se establece por un período de cincuenta y seis días calendario a partir del 20 de septiembre de 2020, quedando prohibida toda actividad extractiva que involucre a esta especie, así como, su transporte, comercialización y/o almacenamiento.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 14 de septiembre de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No