Resolución Nº 368-98-AG ─ Requisitos sanitarios para la importación de diversos productos y subproductos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La Resolución, que consta de 3 artículos y 1 anexo, aprueba y establece los requisitos sanitarios para la importación de los siguientes productos y subproductos: carnes y menudencias, semen y embriones, huevos para consumo, huevos fértiles, lana de ovino, fibra de alpaca y llamas, leche, yogurt, lactosuero, quesos frescos, quesos fundidos y madurados, mantequilla y demás materias grasas de la leche, cueros o pieles en bruto (frescas, saladas, secas y encaladas), cueros o pieles piqueladas, wet blue o crust, jamones y embutidos, y animales vivos. La presente Resolución dispone que los animales, productos y subproductos de origen animal deberán estar amparados por un certificado zoosanitario oficial emitido por la autoridad sanitaria competente del país de origen en donde conste el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada uno de ellos. Los interesados en importar especies animales, productos y subproductos de origen animal no considerados en la presente norma, deberán solicitar los requisitos correspondientes al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), previamente a la celebración del contrato de importación.
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Date of text
Notes
Deroga la Resolución Nº 231-91-AG.
Repealed
Yes
Serial Imprint
El Peruano Nº 6615, 5 de agosto de 1998, pág. 162767.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No