Resolución Nº 721-97-PE ─ Protocolo de monitoreo de efluentes de la industria pesquera de consumo humano indirecto.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Protocolo de Monitoreo de efluentes de la industria pesquera de consumo humano indirecto, propuesto en base a la Resolución Ministerial Nº 208-96-PE, del 23 de abril de 1996, que aprueba las normas complementarias para la aplicación del título VIII del Reglamento de la Ley General de Pesca relativas a la protección del medio ambiente, consta de 7 capítulos, 2 anexos y un glosario. INDICE: Marco referencial (I); Objetivo (II); Parámetros a determinar (III); Monitoreo de los efluentes pesqueros de la industria de consumo humano indirecto (IV); Metodología de análisis (V); Manejo de datos y garantía de calidad (VI); Referencias (VII).
El objetivo del presente Protocolo es proporcionar al sector pesquero un documento técnico-práctico para ejecutar las acciones de monitoreo de los efluentes de la industria pesquera de consumo humano indirecto, al cual deben sujetarse los responsables de las emisiones y vertimientos de desechos al medio marino, así como los encargados de las evaluaciones, vigilancia y control.
El objetivo del presente Protocolo es proporcionar al sector pesquero un documento técnico-práctico para ejecutar las acciones de monitoreo de los efluentes de la industria pesquera de consumo humano indirecto, al cual deben sujetarse los responsables de las emisiones y vertimientos de desechos al medio marino, así como los encargados de las evaluaciones, vigilancia y control.
Attached files
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
El Peruano Nº 6351, 16 de noviembre de 1997, págs. 154571-154578.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No