Decreto Nº 1039 - Por el cual se aprueba el Protocolo para el proceso de consulta y consentimiento libre, previo e informado con los pueblos indígenas que habitan en el Paraguay.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto aprueba el Protocolo para el proceso de consulta y consentimiento libre, previo e informado con los pueblos indígenas que habitan en el Paraguay, el cual se incorpora en su anexo. El Protocolo establece que el proceso de consulta y consentimiento libre previo e informado debe ser aplicado en todos los casos en que gobiernos locales, departamentales y nacionales, empresas, instituciones financieras internacionales y otras entidades públicas, privadas e inclusive indígenas como proponentes de proyectos, tengan interés en trabajar en el Paraguay y ejecutar actividades que puedan afectar los derechos a la tierra, territorios, la vida y los medios de vida tradicionales de los pueblos indígenas.
El Protocolo se compone de los siguientes Capítulos: I) Reconocimiento de las partes en los procesos de consulta y consentimiento; II) Permiso para consultar y buscar consentimiento; III) Elementos de una consulta de buena fe si el permiso de consulta está otorgado; IV) Provisiones generales.
Se establece además que la responsabilidad última recae en el Estado Paraguayo, de respetar y hacer respetar los derechos humanos y derechos constitucionales de los pueblos indígenas en el país. Esto incluye el deber y la obligación del Estado a garantizar la consulta y el consentimiento previo, libre e informado de estos pueblos antes de realizar cualquier proyecto.
El Protocolo se compone de los siguientes Capítulos: I) Reconocimiento de las partes en los procesos de consulta y consentimiento; II) Permiso para consultar y buscar consentimiento; III) Elementos de una consulta de buena fe si el permiso de consulta está otorgado; IV) Provisiones generales.
Se establece además que la responsabilidad última recae en el Estado Paraguayo, de respetar y hacer respetar los derechos humanos y derechos constitucionales de los pueblos indígenas en el país. Esto incluye el deber y la obligación del Estado a garantizar la consulta y el consentimiento previo, libre e informado de estos pueblos antes de realizar cualquier proyecto.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No