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Decreto Nº 2.725 - Por el cual se establece las condiciones generales para la producción del cáñamo industrial (Cannabis no psicoactivo).

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto tiene por objeto reglamentar las actividades de importación de material de propagación, experimentación, investigación, cultivo industrial, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, exportación, y distribución de cáñamo industrial (Cannabis no psicoactivo). El Decreto se aplica a todas las actividades de las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada, de nacionalidad paraguaya o extranjera con domicilio en el país, que se dediquen a alguna de estas actividades. Se establecen normas sobre la autoridad competente, la autorización para producción e industrialización, duración y renovación de la autorización, zonas geográficas y superficie máxima por solicitante, normas sobre infracción y sanción, etc. Se dispone además la reglamentación del Decreto por las Instituciones correspondientes en su ámbito de competencia, en el plazo de 60 días, contados a partir de su promulgación.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No