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Decreto Nº 9849 - Por el cual se reglamentan los artículos 3 y 5 de la Ley Nº 6676/2020 "Que prohíbe las actividades de transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques en la Región Oriental".

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto establece normas para la reglamentación de los artículos 3º y 5º de la Ley Nº 6676/2020 "Que prohíbe las actividades de transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques en la Región Oriental". El objeto del Sistema de Nacional de Monitoreo Forestal (SNMF) será proveer información oficial del estado de la cobertura forestal nacional que posee el territorio de la República del Paraguay, en forma periódica, medible, verificable y comparable con otros sistemas de información geográfica, así como proveer parámetros e información que permitan dimensionar la magnitud del contenido de carbono almacenado de la masa forestal nacional y la tipificación cualitativa y cuantitativa de especies forestales que integran la masa forestal. El Instituto Forestal Nacional (INFONA) será la autoridad de aplicación del SNMF, el cual era aplicable a toda la cobertura forestal de ambas regiones del país. Se establecen las funciones del INFONA en el marco del SNMF.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No