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Ley Nº 3.788 – Crea el Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente Ley crea el Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria, el que se regirá por las disposiciones de esta Ley y sus reglamentaciones, y mantendrá relaciones con el Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Agricultura y Ganadería. El Instituto tendrá por objetivo general la generación, rescate, adaptación, validación, difusión y transferencia de la tecnología agraria, y el manejo de los recursos genéticos agropecuarios y forestales. Su objetivo específico es el desarrollo de programas de investigación y de tecnologías que permitan elevar la productividad de los productos de origen agropecuario y forestal, a fin de potenciar su competitividad para el mercado interno como el mercado de exportación. La Ley establece sus funciones y atribuciones, así como sys deberes y obligaciones. Además, se establecen normas sobre sus autoridades, direcciones temáticas y regimen de gestión, sus recursos, recursos humanos, etc. Se establece que el Instituto creará las Direcciones de Programas necesarias para atender las siguientes áreas: a) investigación agrícola; b) investigación pecuaria; c) investigación sobre agricultura familiar; d) investigación forestal y de recursos naturales; e) investigación agroindustrial; f) transferencia de tecnología.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No