Acuerdo Nº 306 - Se dejan sin efecto dos Acuerdos Ejecutivos y se emite los Términos de Referencia Generales para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Acuerdo, del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, emite los Términos de Referencia Generales para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y deja sin efecto regulaciones anteriores (Acuerdos Ejecutivos Nº 90/2011 y Nº 94/2013), buscando estandarizar la metodología de los estudios bajo lineamientos uniformes aplicables a cualquier actividad, obra o proyecto que requiera evaluación ambiental. El Estudio de Impacto Ambiental es definido como un instrumento técnico y científico para diagnosticar, evaluar, planificar y controlar los impactos ambientales durante todo el ciclo de vida de un proyecto, con el fin de determinar su viabilidad y establecer medidas preventivas, de mitigación, compensación y manejo ambiental. El acuerdo detalla que el EIA debe elaborarse por equipos interdisciplinarios, con información técnica suficiente y con participación de la población del área de influencia.
Los Términos de Referencia fijan una estructura mínima obligatoria que incluye: título y autores, resumen ejecutivo, descripción del proyecto y sus alternativas, marco jurídico aplicable, caracterización del medio físico, biológico, socioeconómico y cultural, identificación y cuantificación de impactos, interpretación de análisis costo-beneficio (en proyectos públicos), programa de manejo ambiental con jerarquía de medidas y plan de monitoreo, cronograma de ejecución y anexos técnicos (planos, mapas, estudios especializados, fotografías y documentación de participación ciudadana). También se establecen requisitos técnicos como formatos de presentación (.pdf, .shp, .kmz, .dwg), estudios de factibilidad en agua, drenaje y desechos, e incorporación de medidas de sostenibilidad como cosecha de agua, techos verdes o pozos de infiltración. Finalmente, el documento incluye anexos con guías técnicas, criterios de especialistas requeridos, escalas de planos y metodologías específicas para sectores como energía, industria, agricultura, minería y saneamiento, consolidando un marco integral para garantizar que los proyectos en El Salvador se evalúen con rigor técnico, jurídico y social.
Los Términos de Referencia fijan una estructura mínima obligatoria que incluye: título y autores, resumen ejecutivo, descripción del proyecto y sus alternativas, marco jurídico aplicable, caracterización del medio físico, biológico, socioeconómico y cultural, identificación y cuantificación de impactos, interpretación de análisis costo-beneficio (en proyectos públicos), programa de manejo ambiental con jerarquía de medidas y plan de monitoreo, cronograma de ejecución y anexos técnicos (planos, mapas, estudios especializados, fotografías y documentación de participación ciudadana). También se establecen requisitos técnicos como formatos de presentación (.pdf, .shp, .kmz, .dwg), estudios de factibilidad en agua, drenaje y desechos, e incorporación de medidas de sostenibilidad como cosecha de agua, techos verdes o pozos de infiltración. Finalmente, el documento incluye anexos con guías técnicas, criterios de especialistas requeridos, escalas de planos y metodologías específicas para sectores como energía, industria, agricultura, minería y saneamiento, consolidando un marco integral para garantizar que los proyectos en El Salvador se evalúen con rigor técnico, jurídico y social.
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Date of text
Entry into force notes
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial.
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial, Tomo Nº 416, Número 112, 18 de Agosto de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Repeals