Decreto Nº 111/989 - Prevención de incendios.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto, que consta de 17 artículos, dispone que toda persona física o jurídica que sea titular de la explotación o administración de un predio dedicado a asentamiento temporal de acampantes con fines turísticos, ya sea en la modalidad de carpas, vehículos tipo "casa rodante" u otros, deberá dar cumplimiento a medidas de prevención específicas. La administración del predio realizará un plan de evacuación rápida del mismo que se dará a conocer a los usuarios por diversos medios, estando las zonas de escape claramente señalizadas en cada zona del predio. La Dirección Nacional de Bomberos queda facultada para realizar las inspecciones que estime convenientes.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Uruguay Forestal Nº 3, pág. 17.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No