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Decreto Nº 345/997 - Dispone que a partir del 1º de septiembre de 1997, el puntaje para la clasificación de la leche se hará de la manera que se determina.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto dispone que a partir del 1º de septiembre de 1997, el puntaje para la clasificación de la leche se hará en base: a) al recuento microbiano (recuento de unidades formadoras de colonias), realizado al menos tres veces por mes, siendo el puntaje el que corresponda al promedio geométrico del total de muestras; b) al contenido de células somáticas (conteo de células por mill.), realizado al menos dos veces por mes, siendo el puntaje el que corresponda al promedio geométrico del total de muestras. El puntaje final será la suma de ambos promedios que corresponderán a 3 clases (A, B y C).
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 24.876, 26 de septiembre de 1997, pág. 1064A.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No