Decreto Nº 451/988 - Registro de prenda de bosques.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto, que consta de 10 artículos, -considerando que mediante el artículo 60 de la Ley Forestal de 1987 se estableció que los contratos de prenda de bosques, además de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de prenda rural de 1918, deberán inscribirse en el Registro General de Bosques de la Dirección Forestal-, dispone los lugares de inscripción y el tipo de actos inscribibles, así como los documentos a inscribir, los datos que deben contener y las condiciones para las reinscripciones.
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Date of text
Entry into force notes
A partir del 14 de julio de 1988.
Repealed
No
Publication reference
Uruguay Forestal Nº 3, págs. 11 y 12.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No