Decreto Nº 68/011 - Prohíbese la introducción, producción y utilización, en cualquier forma o bajo cualquier régimen, en las zonas sometidas a jurisdicción nacional de las sustancias químicas Alfahexaclorociclohexano, Beta-hexaclorociclohexano y Clordecona, así como las preparaciones o formulaciones que las contengan.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
En el marco del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, la presente Resolución prohíbe la introducción, la producción y la utilización, en cualquier forma o bajo cualquier régimen, de las siguientes sustancias químicas y las preparaciones o formulaciones que las contengan: Alfa-hexaclorociclohexano; Beta-hexaclorociclohexano; y Clordecona. Quien posea dichas sustancias deberá declararlas a la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No