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Decreto que prohíbe la importación y comercialización de harina de trigo y subproductos que excedan el límite de deoxinivalenol.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
En virtud del presente Decreto quedan prohibidas la importación y la comercialización de harina de trigo, subproductos del trigo y alimentos elaborados en base a trigo, tales como cereales para el desayuno, panificados, pastas, fideos y polvos para preparar panificados, que sobrepasen el límite máximo fijado por el Decreto N° 533/001 para la toxina de deoxinivalenol (DON), establecido en 1 mg/kg (1 ppm).
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No