Decreto que prohíbe la importación y la comercialización de harina de trigo y subproductos que excedan el límite de deoxinivalenol.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
En virtud del presente Decreto quedan prohibidas la importación y la comercialización de harina de trigo, subproductos del trigo y alimentos elaborados en base a trigo que excedan el límite máximo fijado por el Decreto N° 533/001 del 28 de diciembre de 2001 para la toxina de deoxinivalenol (DON), establecido en 1 mg/kg (1 ppm).
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No