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Ley N° 18.362 - Aprobación de rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal. Ejercicio 2007.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente Ley aprueba la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2007. Cabe resaltar las disposiciones contenidas en los artículos 207-215, relativas al presupuesto asignado al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
En virtud del artículo 207 se crea el Fondo Agropecuario de Emergencias, cuya titularidad y administración corresponderá al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, con destino a atender las pérdidas en las materias involucradas en la actividad productiva de los establecimientos afectados por emergencias agropecuarias, lo que podrá materializarse en apoyo financiero, infraestructuras productivas o insumos que contribuyan a recuperar las capacidades perdidas como resultado del evento ocurrido. Asimismo, podrá destinarse a atender las actividades relacionadas con la promoción de seguros agropecuarios. Se define como emergencia agropecuaria la derivada de eventos climáticos, sanitarios o fitosanitarios extremos que afecten decisivamente la viabilidad de los productores de una región o rubro. La reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo establecerá las formas y condiciones en que podrá requerir el reembolso total o parcial de los apoyos recibidos por los productores.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No