Decreto N° 277, mediante el cual se crea el Servicio Autónomo para la protección, restauración, fomento y racional aprovéchamiento de la fauna silvestre y acuática del país, jerárquicamente dependiente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables.
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto crea el Servicio Autónomo para la protección, restauración, fomento y racional aprovéchamiento de la fauna silvestre y acuática del país (PROFAUNA), sin personalidad jurídica, con rango de dirección general sectorial y dependiente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables. Corresponde al Servicio Autónomo: Participar en la formación de la política nacional de conservación de la fauna; Generar, recopilar, centralizar, sistematizar, divulgar, vender la información básica en materia de fauna silvestre y acuática; Promover la investigación científica; Participar en la planificación y ordenación de la conservación, defensa y mejoramiento de la fauna; Administrar, regular y vigilar la protección y el aprovechamiento de la fauna silvestre y acuática, como las áreas bajo régimen especial para la fauna; industrializar y comercializar los productos de la fauna silvestre y acúatica en las áreas territoriales y embalses manejados por el Estado, etc.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 4.106 Extraordinario, 9 de junio de 1989.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No