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Decreto Nº 2.216 - Normas para el manejo de los desechos sólidos no peligrosos.

Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto tiene por objeto regular las operaciones de manejo de los desechos sólidos de origen doméstico, comercial, industrial, o de cualquier otra naturaleza no peligrosa, con el fin de evitar riesgos a la salud y al ambiente. Los desechos sólidos objeto de este Decreto deberán ser depositados, almacenados, recolectados, transportados, recuperados, reutilizados, procesados, reciclados, aprovechados y dispuestos finalmente de manera tal que se prevengan y controlen deterioros a la salud y al ambiente. La gestión de todas las actividades relativas al manejo de desechos sólidos corresponde a las municipalidades, quienes en uso de sus atribuciones legales podrán desarrollar la normativa complementaria de este Decreto más adecuada a sus intereses locales. El Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, prestará a los Municipios la asesoría técnica que requiera y vigilará el cumplimiento de las presentes normas.
Los desechos sólidos generados en las vías peatonales y vehiculares urbanas y en sitios de recreación, deberán ser removidos mediante operaciones periódicas de barrido manual, mecánico o de lavado. La recolección se considera una operación continua, conforme al proyecto de rutas de recolección, en consecuencia, no deberán alterarse sus frecuencias, horarios, ni los patrones de ejecución, excepto en la oportunidad de un ajuste o reestructuración de dicho proyecto. Se prohíbe la quema de desechos sólidos a campo abierto.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 4.418, 27 de abril de 1992.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No