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Decreto Nº 2.635 - Reforma Parcial del Decreto Nº 2.289, contentivo de las Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos. Texto refundido.

Type of law
Regulation
Date of original text
Date of latest amendment
Source

Abstract
El presente Decreto tiene por objeto regular la recuperación de materiales y el manejo de desechos, cuando los mismos presenten características, composición o condiciones peligrosas representando una fuente de riesgo a la salud y al ambiente. Queda sujeta a la aplicación de estas normas toda persona natural o jurídica, público o privada, que genere o maneje materiales peligrosos recuperables o desechos peligrosos que no sean radiactivos. A los efectos de este Decreto se entiende por Análisis de Riesgo la identificación y evaluación sistemática de la probabilidad de ocurrencia de una situación adversa a la salud o al ambiente, con consecuencia de la exposición a un agente (material o desecho peligroso). El análisis de riesgo debe incluir: Identificación de los riesgos, identidad química, localización, cantidad, naturaleza del riesgo. Análisis de vulnerabilidad, zona vulnerable, poblaciones o asentamientos humanos, facilidades críticas, medio ambiente. Análisis de probabilidad de ocurrencia de una contingencia, severidad de las consecuencias.
El presente Decreto comprende, entre otros ámbitos, disposiciones generales sobre los materiales peligrosos recuperables y desechos peligrosos, sus características y condiciones peligrosas; manejo de desechos peligrosos, con especial referencia a las actividades de explotación y producción de petroleo y de explotación de minerales; control administrativo de los manejadores de desechos peligrosos. Incluye también diversos anexos: lista de actividades generadores potenciales de materiales peligrosos recuperables y desechos peligrosos, desechos peligrosos y materiales peligrosos recuperables provenientes de actividades no específicas, sustancias peligrosas.
Notes
Deroga el Decreto Nº 2.211 de 23 de abril de 1992 y el Decreto Nº 2.961 de 3 de junio de 1993.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.245, 3 de agosto de 1998.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No