Decreto Nº 4.201 - Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular de Atención de las Aguas.
Type of law
Regulation
Abstract
Este Reglamento, que consta de 31 artículos divididos por seis capítulos, tiene por objeto determinar la estructura organizativa del Ministerio del Poder Popular de Atención de las Aguas, así como establecer la distribución de las competencias y funciones de las diferentes dependencias o unidades administrativas que lo integran. Este Ministerio está integrado por el Despacho del/la Ministro/a, el Despacho del/la Viceministro/a del Servicio de Agua Potable y Saneamiento, el Despacho del/la Viceministro/a de Administración de Cuencas Hidrográficas, el Despacho del/la Viceministro/a para la Gestión Popular del Agua, así como direcciones, oficinas y demás unidades o dependencias administrativas.
Al Despacho del/la Viceministro/a del Servicio de Agua Potable y Saneamiento corresponde: Desarrollar, proponer y velar por el cumplimiento de lineamientos, políticas y planes en materia de agua potable y saneamiento, así como las medidas necesarias para regular el normal y eficiente funcionamiento de la gestión integral de las aguas, incluyendo la distribución de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, obras de potabilización y saneamiento, plantas desalinizadoras, etc.
Al Despacho del/la Viceministro/a de Administración de Cuencas Hidrográficas corresponde: Desarrollar, proponer y velar por el cumplimiento de lineamientos, políticas y planes en materia de administración de cuencas hidrográficas. elaborar el Plan Nacional de Gestión Integral de las Aguas, en el cual debe determinarse el procedimiento de evaluación y seguimiento, así como las medidas necesarias para regular el normal y eficiente funcionamiento de la gestión integral de las aguas, implementar y supervisar las alianzas estratégicas nacionales en materia de agua, prevenir y controlar los posibles efectos negativos de las aguas sobre la población y sus bienes, tales como inundaciones, sequías, inestabilidad de laderas, movimientos de masa, flujos torrenciales, subsidencias y otros eventos físicos, etc.
Al Despacho del/la Viceministro/a del Servicio de Agua Potable y Saneamiento corresponde: Desarrollar, proponer y velar por el cumplimiento de lineamientos, políticas y planes en materia de agua potable y saneamiento, así como las medidas necesarias para regular el normal y eficiente funcionamiento de la gestión integral de las aguas, incluyendo la distribución de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, obras de potabilización y saneamiento, plantas desalinizadoras, etc.
Al Despacho del/la Viceministro/a de Administración de Cuencas Hidrográficas corresponde: Desarrollar, proponer y velar por el cumplimiento de lineamientos, políticas y planes en materia de administración de cuencas hidrográficas. elaborar el Plan Nacional de Gestión Integral de las Aguas, en el cual debe determinarse el procedimiento de evaluación y seguimiento, así como las medidas necesarias para regular el normal y eficiente funcionamiento de la gestión integral de las aguas, implementar y supervisar las alianzas estratégicas nacionales en materia de agua, prevenir y controlar los posibles efectos negativos de las aguas sobre la población y sus bienes, tales como inundaciones, sequías, inestabilidad de laderas, movimientos de masa, flujos torrenciales, subsidencias y otros eventos físicos, etc.
Attached files
Date of text
Entry into force notes
El presente Reglamento Orgánico entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.877, 12 de mayo de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No