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Ley de protección a la fauna silvestre.

Type of law
Legislation
Source

Keywords

Abstract
La presente Ley regirá la protección y aprovechamiento racional de la fauna silvestre y de sus productos, y el ejercicio de la caza. A los efectos de la presente Ley se considera fauna silvestre: los mamíferos, aves, reptiles y batracios que viven libremente y fuera del control del hombre en ambientes naturales y que no pueden ser objeto de ocupación sino por la fuerza; y los animales de igual naturaleza amansados o domesticados, que tornen a su condición primitiva y que por ello sean susceptibles de captura, como lo son los animales silvestres apresados por el hombre y que posteriormente recobren su libertad. Asimismo, a los fines de esta Ley se entiende por productos de la Fauna Silvestre la carne, huevos, pieles, cueros, plumas y demás productos de los animales señalados en el artículo anterior.
Date of text
Notes
Que deroga la Ley de Caza del 10 de agosto de 1944.
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation status
in force
Legislation Amendment
No