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Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.

Type of law
Policy
Source

Abstract
El presente Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) establece las estrategias y acciones pertinentes para reducir y eliminar los COP en la República Bolivariana de Venezuela y ha sido formulado para un horizonte de tiempo de 21 años, los cuales culminan en el año 2030. El Plan tiene como finalidad, proteger la salud de la población y el medio ambiente a través de la reducción o eliminación progresiva de los COP, dando así cumplimiento a lo establecido en el Convenio de Estocolmo. Entre sus objetivos específicos se destacan: Promover la reducción de los riesgos a la salud humana y al ambiente, asociados a la utilización y existencia de los plaguicidas obsoletos, prohibidos y de uso actual; Identificar, evaluar y realizar el tratamiento a las poblaciones impactadas por los COP; Identificar, evaluar y realizar el saneamiento ambientalmente seguro de los depósitos y sitios impactados por los COP; Fortalecer la capacitación, educación y facilitar el acceso a la información, con el fin de sensibilizar al público, en torno a la problemática nacional relativa a los COP; etc.
De acuerdo a los aspectos considerados en la Convención, el Plan está conformado por catorce planes de acción: 1. Medidas para el fortalecimiento y creación de capacidades nacionales en el marco institucional y de control para la gestión ambientalmente segura de los COP; 2. Medidas jurídicas para reducir o eliminar emisiones provenientes de la producción intencional y no intencional, el uso y emisiones provenientes de depósitos de existencias y desechos de COP; 3. Producción, importación y exportación, uso, depósitos de existencias y desechos de plaguicidas COP; 4. Producción, importación y exportación, uso, identificación, etiquetado, remoción, almacenamiento y eliminación de aceites, equipos y desechos que contengan o estén contaminados con BPC; 5. Producción, importación y exportación, uso, depósitos de existencias y desechos de DDT; 6. Medidas para reducir las emisiones no intencionales de COP; 7. Identificación de existencias, artículos en uso y desechos de COP; 8. Identificación y saneamiento de sitios contaminados (Anexo A, B y C productos químicos) de manera ambientalmente segura; 9. Intercambio de información e involucramiento de las autoridades y. grupos de interés; 10. Conciencia pública, información y educación; 11. Evaluación de la efectividad en el cumplimiento del Convenio; 12. Presentación de informes; 13. Investigación, desarrollo y vigilancia; 14. Asistencia técnica y financiera. Cada uno de estos planes consta de objetivos específicos, actividades, tareas, indicadores, recursos requeridos, responsables, periodos y costos estimados. Se contempla la creación de una Unidad adscrita a la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, la que tendrá funciones de coordinación, promoción y seguimiento de la ejecución de las actividades y tareas contempladas en los planes de acción.
Date of text
Entry into force notes
2009-2030.
Repealed
No
Publication reference
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No