Resolución Conjunta - Mediante la cual se establece los mecanismos de control a Transportistas y Usuarios Finales de Abonos Minerales o Químicos en el territorio nacional.
Type of law
Regulation
Abstract
Esta Resolución Conjunta tiene por objeto: a) Establecer los mecanismos de control que se aplicarán al transporte de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, ensacados y/o a granel, en el caso de los transportistas que prestan servicio a las empresas, asociaciones de productores agropecuarios e instituciones fabricantes y/o comercializadoras de estos insumos, para ponerlos a la disposición de campesinos y campesinas, productores y productoras agrícolas, de manera suficiente y oportuna, a fin de coadyuvar al cumplimiento de las metas establecidas por el Ejecutivo Nacional para el Plan Venezuela Cultiva; b) Normar lo referente a la adquisición, transporte y función de distribución de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, ensacados y/o a granel, que ejecutan el Servicio Autónomo Fondo Nacional del Poder Popular (SAFONAPP), así como los comuneros y comuneras integrantes de Consejos Comunales en el territorio nacional; c) Normar lo referente a la adquisición, transporte y función de distribución de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, que ejecutan las empresas mencionadas en esta Resolución, las Comunas y cualquier otro ente u organismo enmarcado dentro del objeto de esta Resolución, debidamente avalado por los Ministerios suscriptores, para atender a los Consejos Comunales que cumplen con procesos productivos agrícolas en el territorio nacional. Se establece dispensa de los trámites necesarios para la obtención de los permisos de transporte de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, ensacados y/o a granel, requeridos por los transportistas que prestan servicio a las empresas, asociaciones de productores agropecuarios e instituciones que fabrican, mezclan y/o comercializan estos insumos. La dispensa no aplica para las empresas e instituciones privadas que importan, fabrican, almacenan y comercializan los abonos minerales o químicos objeto de esta Resolución.
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Date of text
Entry into force notes
Esta Resolución tendrá vigencia a partir del 1° de abril de 2019, cumpliendo con la formalidad de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, y hasta el 31 de marzo de 2020 ambas fechas inclusive.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial N° 6.439 Extraordinario, 29 de marzo de 2019.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No