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Ley Nº 17 - Ley que establece la protección de los conocimientos de la medicina tradicional indígena.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
El presente Ley establece un régimen especial para proteger y promover el respeto a los conocimientos de la medicina tradicional indígena y crear mecanismos de protección del conocimiento tradicional a través del sistema especial de propiedad intelectual colectiva y garantiza la participación plena y efectiva de los congresos, consejos o autoridades tradiciones indígenas en sus distintos niveles. Asimismo, se establecen los mecanismos para la realización de estudios de los conocimientos indígenas sobre la biodiversidad y el respeto a la participación justa y equitativa en los beneficios económicos y los derechos de propiedad intelectual de los pueblos indígenas.
La presente Ley tendrá los siguientes fines: 1) Revitalizar la práctica de los sistemas de salud tradicional indígena; 2) Reconocer la existencia, el aporte y la importancia de la medicina tradicional indígena en la prevención, curación y rehabilitación de las enfermedades de los pueblos indígenas; 3) Rescatar, valorar, proteger y promover la conservación de las costumbres y tradiciones de la medicina tradicional indígena; 4) Proteger los derechos de propiedad intelectual colectiva derivada del conocimiento y la práctica de la medicina tradicional indígena; 5) Promover la capacitación de médicos tradicionales indígenas en diversas especialidades y usos para las plantas medicinales; 6) Incentivar a médicos tradicionales indígenas para mejorar la práctica curativa tradicional indígena a través de las articulaciones con la medicina académica, la aplicación de los nuevos conocimientos y los resultados de investigaciones; 7) Proteger y promover el uso de la medicina tradicional, con base en derivados de plantas, animales y minerales o cualquier combinación de ellos, en condiciones de calidad, seguridad, accesibilidad y responsabilidad; 8) Reconocer, promover y dar protección al conocimiento colectivo indígena tradicional relacionado con las propiedades medicinales de los recursos de la biodiversidad; 9) Regular la distribución justa y equitativa de los beneficios sobre la aplicación de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas en materia de biodiversidad; 10) Establecer, junto con los congresos y autoridades indígenas, los procesos de validación y registro de la medicina tradicional indígena.
Se crea la Comisión Consultiva de Medicina Tradicional Indígena, adscrita a la Dirección de Asuntos Sanitarios Indígenas del Ministerio de Salud, la cual se encargará de coordinar, organizar y desarrollar la propuesta de políticas y estrategias en la aplicación de la medicina tradicional, en coordinación con cada una de las entidades públicas y privadas, así como con los congresos indígenas y autoridades indígenas.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 28.063, 29 de junio de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No