Resolución de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo Nº 2/2008 - Establécese en forma precautoria un área de veda de otoño para la especie merluza en la Zona Común de Pesca.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
En virtud de la presente Resolución queda establecida un área de veda de otoño para la especie merluza (Merluccius hubbsi), con el fin de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie y proteger las concentraciones de juveniles de la misma en la Zona Común de Pesca. Por consecuente, queda prohibida la captura de merluza, como así también el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies de peces demersales en el área delimitada por las coordenadas que se detallan en el artículo 1º.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial Nº 31.376, 3 de abril de 2008.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No