Resolución Nº 33/07 - Incorpora el artículo 1395 bis al Código Alimentario Argentino.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución modifica el Código Alimentario Argentino en el sentido de incorporar el artículo 1395 bis, que se aplica a todo establecimiento que elabore, fraccione o mezcle aditivos para su comercialización. La nueva disposición establece que dichos establecimientos deben contar con la dirección técnica de un profesional, quien asumirá conjuntamente con la empresa la responsabilidad ante las autoridades sanitarias de la calidad de los productos elaborados.
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Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial Nº 31.121, 22 de marzo de 2007.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No