Decreto Supremo Nº 4489 – De protección de la fauna silvestre.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto tiene por objeto la protección de la fauna silvestre y busca asegura su bienestar, conservación y preservación, respetando su derecho a vivir libre en su propio ambiente aéreo, acuático o terrestre, y a reproducirse en su medio natural. Se promueve un rol activo del Estado y la sociedad en la protección de la fauna silvestre, debiendo estos asumir las medidas y acciones dentro de sus competencias y obligaciones conducentes a dicho fin. El artículo 5 prohíbe las siguientes actividades: a) La caza deportiva; b) El comercio de especímenes silvestres en contravención a las disposiciones sanitarias, de aprovechamiento, de manejo y de bienestar animal; c) La tenencia de animales silvestres como mascotas; d) La promoción y ejecución de peleas de animales de especies silvestres; y e) Actividades de entretenimiento que involucren afectación a la fauna silvestre.
El régimen sancionatorio contempla las infracciones administrativas reguladas en el artículo 10, cuyas sanciones incluyen multas, rescate y/o decomiso, y clausura temporal de la actividad infractora. El conocimiento, sustanciación y resolución de los hechos vinculados con las infracciones administrativas será la responsabilidad de las Entidades Territoriales Autónomas y el Ministerio de Medio Ambiente y Agua cuando los hechos tengan un alcance nacional.
El régimen sancionatorio contempla las infracciones administrativas reguladas en el artículo 10, cuyas sanciones incluyen multas, rescate y/o decomiso, y clausura temporal de la actividad infractora. El conocimiento, sustanciación y resolución de los hechos vinculados con las infracciones administrativas será la responsabilidad de las Entidades Territoriales Autónomas y el Ministerio de Medio Ambiente y Agua cuando los hechos tengan un alcance nacional.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No