Resolución Administrativa SENASAG Nº 78 - Aprueba Reglamento General de Sanidad Animal (REGENSA).
Country
Type of law
Regulation
Abstract
Por la presente Resolución se aprueba el Reglamento General de Sanidad Animal (REGENSA), el cual rige para todas las personas (físicas y jurídicas) que desarrollen sus actividades principales o secundarias en el ámbito de la sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria. Este reglamento fue elaborado para establecer normas relacionadas a aspectos sanitarios para la crianza de animales de consumo, importación y exportación de animales y sus productos, registro de productos e insumos de uso veterinario y el registro de empresas veterinarias entre otros. El objetivo es prevenir y controlar las enfermedades prevalentes y la emergencia de enfermedades exóticas en el Estado Plurinacional de Bolivia.
El Reglamento se compone de cinco Títulos: I) Disposiciones generales; II) Registros sanitarios; III) Cuarentena animal; IV) Programas sanitarios; V) Vigilancia epidemiológica veterinaria. Dentro del Título I, el Capítulo 1.2 se dedica a establecer normas de articulación y coordinación en materia de sanidad animal con la finalidad de prevenir, controlar, diagnosticar y erradicar las enfermedades de importancia económica, sanitaria y social que afectan a los animales; regular la producción pecuaria; procurar el bienestar animal; regular las buenas prácticas pecuarias; regular el uso de productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por estos, precautelando el bien común, en el marco del Sistema Nacional de Sanidad Animal. El mencionado Sistema está integrado por los siguientes: Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE); Sistema Nacional de Emergencia Zoosanitaria (SINAEZ); Sistema Nacional de Cuarentena; Sistema Nacional de Registro de Insumos y Establecimientos Pecuarios; Sistema Nacional de Rastreabilidad y Movimiento Animal; Sistema Nacional de Laboratorios de Diagnóstico Veterinario; Sistema Nacional de Salud Pública Veterinaria; Sistema Nacional de Evaluación y Seguimiento. Cada Sistema contará con una reglamentación para su desarrollo en el ámbito nacional. Por otro lado, se establece la Comisión Nacional de Sanidad Animal (CONASA).
El Título II regula los registros sanitarios relacionados con: empresas veterinarias; productos de uso veterinario (biológicos, farmacológicos y alimentos balanceados medicados; alimentos balanceados, insumos o materia prima para la producción pecuaria, proteínas de origen animal, homeopáticos y otros); establecimientos veterinarios. En tema de productos de uso veterinario, también se contemplan disposiciones sobre el registro de laboratorios de diagnóstico de enfermedades animales y laboratorios de control de calidad a productos de uso veterinario. Se crea el Registro Único Nacional de Sanidad Agropecuaria (RUNSA).
El Título III regula los procedimientos para la emisión de los permisos zoosanitarios de importación, de los certificados zoosanitarios de exportación, y para la habilitación del lugar de cuarentena predial.
El Título IV contiene disposiciones específicas relacionadas con los programas de prevención y el control epidemiológico de enfermedades como la fiebre aftosa, la encefalopatía espongiforme bovina, la rabia de los herbívoros, la brucelosis, la tuberculosis bovina y bubalina, la enfermedad de Newcastle.
Por último, el Título V regula el funcionamiento del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE) y establece normas detalladas en tema de movimiento de animales, rastreabilidad animal y herramientas sanitarias para la rastreabilidad animal.
El Reglamento se compone de cinco Títulos: I) Disposiciones generales; II) Registros sanitarios; III) Cuarentena animal; IV) Programas sanitarios; V) Vigilancia epidemiológica veterinaria. Dentro del Título I, el Capítulo 1.2 se dedica a establecer normas de articulación y coordinación en materia de sanidad animal con la finalidad de prevenir, controlar, diagnosticar y erradicar las enfermedades de importancia económica, sanitaria y social que afectan a los animales; regular la producción pecuaria; procurar el bienestar animal; regular las buenas prácticas pecuarias; regular el uso de productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por estos, precautelando el bien común, en el marco del Sistema Nacional de Sanidad Animal. El mencionado Sistema está integrado por los siguientes: Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE); Sistema Nacional de Emergencia Zoosanitaria (SINAEZ); Sistema Nacional de Cuarentena; Sistema Nacional de Registro de Insumos y Establecimientos Pecuarios; Sistema Nacional de Rastreabilidad y Movimiento Animal; Sistema Nacional de Laboratorios de Diagnóstico Veterinario; Sistema Nacional de Salud Pública Veterinaria; Sistema Nacional de Evaluación y Seguimiento. Cada Sistema contará con una reglamentación para su desarrollo en el ámbito nacional. Por otro lado, se establece la Comisión Nacional de Sanidad Animal (CONASA).
El Título II regula los registros sanitarios relacionados con: empresas veterinarias; productos de uso veterinario (biológicos, farmacológicos y alimentos balanceados medicados; alimentos balanceados, insumos o materia prima para la producción pecuaria, proteínas de origen animal, homeopáticos y otros); establecimientos veterinarios. En tema de productos de uso veterinario, también se contemplan disposiciones sobre el registro de laboratorios de diagnóstico de enfermedades animales y laboratorios de control de calidad a productos de uso veterinario. Se crea el Registro Único Nacional de Sanidad Agropecuaria (RUNSA).
El Título III regula los procedimientos para la emisión de los permisos zoosanitarios de importación, de los certificados zoosanitarios de exportación, y para la habilitación del lugar de cuarentena predial.
El Título IV contiene disposiciones específicas relacionadas con los programas de prevención y el control epidemiológico de enfermedades como la fiebre aftosa, la encefalopatía espongiforme bovina, la rabia de los herbívoros, la brucelosis, la tuberculosis bovina y bubalina, la enfermedad de Newcastle.
Por último, el Título V regula el funcionamiento del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE) y establece normas detalladas en tema de movimiento de animales, rastreabilidad animal y herramientas sanitarias para la rastreabilidad animal.
Attached files
Web site
Date of text
Notes
Se deroga la Resolución Administrativa SENASAG Nº 164 del 27 de diciembre de 2018.
Repealed
Yes
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No