Decreto Nº 148 - Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
Al fin de prevenir los riesgos para la salud humana y el medio ambiente provocados por la multiplicación de la generación de residuos peligrosos, el presente Decreto aprueba el Reglamento que regirá el manejo de dichos residuos, del momento de generación hasta el de eliminación. El Reglamento establece con detalle las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. En cualquier etapa del manejo de residuos peligrosos, queda expresamente prohibida la mezcla de éstos con residuos que no tengan ese carácter o con otras sustancias o materiales, cuando dicha mezcla tenga como fin diluir o disminuir su concentración. Si por cualquier circunstancia ello llegare a ocurrir, la mezcla completa deberá manejarse como residuo peligroso, de acuerdo a lo que establece el presente reglamento. A esos efectos deberá tenerse en cuenta la tabla de incompatibilidades contenida en el artículo 87.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial del 16 de junio de 2004.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No