Decreto Núm. 50 – Aprueba Reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2º del Código de Aguas.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
En virtud del presente Decreto se aprueba el Reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2º del Código de Aguas, que establece las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las siguientes obras hidráulicas: a) los embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura; b) los acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo; c) los acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo, que se proyecten próximos a zonas urbanas; d) los sifones y canoas que crucen cauces naturales.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No