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Decreto Ley 588 de 2017 - Por el cual se organiza la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto Ley, expedido por el Presidente de Colombia, establece la creación y organización de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV), como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) previsto en el Acuerdo Final de Paz con las FARC-EP. La CEV se concibe como un órgano autónomo, extrajudicial y de nivel constitucional, con el mandato de esclarecer lo ocurrido durante el conflicto armado, promover el reconocimiento de responsabilidades y de las víctimas, y fomentar la convivencia como base de una paz duradera. El decreto también garantiza la participación de las víctimas, el enfoque territorial y diferencial, y establece su régimen jurídico, funcionamiento y la metodología de trabajo, asegurando la transparencia y el acceso a información, incluso aquella clasificada, siempre en función del derecho a la verdad.
Además, el decreto regula la estructura de la CEV, la elección de sus comisionados, su financiación y la creación de un Comité de Seguimiento para monitorear la implementación de sus recomendaciones. Entre sus funciones se destacan la elaboración de un informe final, la promoción de actos de reconocimiento y perdón, y la implementación de estrategias de difusión y memoria. La CEV no tiene funciones judiciales y la información que reciba no podrá ser usada en procesos penales. El objetivo general es contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas —verdad, justicia, reparación y no repetición— mediante un proceso inclusivo que fortalezca la democracia y el respeto por los derechos humanos en Colombia.
Se establece que la Comisión debe esclarecer el impacto humano y social del conflicto armado sobre diversas poblaciones, incluyendo específicamente a los pueblos indígenas, así como a otras comunidades como las afrocolombianas, raizales, palenqueras, el pueblo ROM, y personas LGBTI, entre otros. También se señala que la CEV debe garantizar la participación de estas comunidades y contribuir a la satisfacción de sus derechos, incluida la verdad, la reparación integral y las garantías de no repetición. Se dispone que la CEV adopte un enfoque diferencial y de género.
Date of text
Entry into force notes
El presente decreto ley rige a partir de la fecha de su publicación.
Repealed
No
Serial Imprint
el Diario Oficial No. 50.197 de 5 de abril de 2017.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No