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Decreto Ley Nº 2324 - Reorganiza la Dirección General Marítima y Portuaria.

Country
Type of law
Legislation
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Keywords

Abstract
El presente Decreto reorganiza la Dirección General Marítima y Portuaria (DIMAR), que es una dependencia del Ministerio de Defensa, agregada al Comando de la Armada Nacional, y que ejerce su jurisdicción hasta el límite exterior de la zona económica exclusiva, en las siguientes áreas: aguas interiores marítimas, incluyendo canales intercostales y de tráfico marítimo, y todos aquellos sistemas marinos y fluvio-marinos, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, lecho y subsuelo marinos, aguas suprayacentes, literales, incluyendo playas y terrenos de bajamar, puertos del país situados en su jurisdicción; islas, islotes y cayos y, sobre los ríos que explícitamente se relacionan en las áreas indicadas.
El presente Decreto considera actividades marítimas las relacionadas con: la señalización marítima; el control del tráfico marítimo; las naves nacionales y extranjeras y los artefactos navales; la navegación marítima por naves y artefactos navales; la Marina Mercante y el Transporte Marítimo; las comunicaciones marítimas, la construcción, operación y administración de instalaciones portuarias; la utilización, protección y preservación de los litorales; la investigación científica marina en todas sus disciplinas; los sistemas de exploración, explotación y prospección de los recursos naturales del medio marino; la búsqueda y extracción o recuperación de antigüedades o tesoros náufragos; la recreación y el deporte náutico marinos; la búsqueda y salvamento marítimos; la conservación, preservación y protección del medio marino; la colocación de cualquier tipo de estructuras, obras fijas o semifijas en el suelo o en el subsuelo marinos; el servicio de pronósticos del mar y de tiempo; los rellenos, dragados y obras de ingeniería oceánica; la administración y desarrollo de la zona costera; los astilleros y la construcción naval; y otros usos y/o aprovechamientos del medio marino.
Date of text
Notes
Que deroga el Decreto Nº 3.183 de 1952, y los artículos 2º, 3º, 4º y 5º del Decreto Nº 1.208 de 1969.
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No